AVISO LEGAL AYUNTAMIENTO DE LUMBRERAS DE CAMEROS

AVISO LEGAL

AVISO LEGAL

Este sitio web pertenece a:
AYUNTAMIENTO DE LUMBRERAS DE CAMEROS
NIF: P2609100I
Corporación Local
Domicilio social: Solana, 2 - 26126 Lumbreras (La Rioja)
Teléfono: 941468131
e-mail: [email protected]
Más información en: www.aytolumbreras.org

POLÍTICA DE PRIVACIDAD

Puede obtener toda la información completa y detallada en: www.aytolumbreras.org

CONDICIONES GENERALES DE OBTENCIÓN DE PERMISOS

Los datos identificativos del titular de la plataforma para la obtención de permisos para la recolección de setas en El Abasco, La Nava, La Pinilla, La Vieja, Peña Yerre (acceso para personas y vehículos) y permisos para visitar la Sierra Cebollera en El Abasco y Peña Yerte (acceso con vehículo a las pistas).

AYUNTAMIENTO DE LUMBRERAS DE CAMEROS
NIF: P2609100I
Corporación Local
Domicilio social: Solana, 2 - 26126 Lumbreras (La Rioja)
Teléfono: 941468131
e-mail: [email protected]

IDENTIDAD DE LAS PARTES

Por un lado, el otorgante de los permisos online contratados es AYUNTAMIENTO DE LUMBRERAS DE CAMEROS con los datos identificativos arriba indicados.

Y de otra, el ADQUIRENTE o USUARIO, registrado en el sitio web proporcionado para ello una cuenta de correo electrónico, nombre, apellidos, NIF, código postal, teléfono (opcional) y matrícula de los vehículos (en su caso), sobre los que tiene responsabilidad plena de uso y custodia; siendo, además responsable de la veracidad de los datos personales facilitados al AYUNTAMIENTO DE LUMBRERAS DE CAMEROS.

CAPACIDAD JURÍDICA

El USUARIO declara que dispone de capacidad legal necesaria para actuar, solicitar y obtener permiso/s en la plataforma, donde debe cumplimentar de manera veraz los datos que se le requieren. Las presentes Condiciones Generales se presentan en español y suponen los términos que regirán la relación entre las partes.

TÉRMINOS DE OBTENCIÓN DE PERMISO/S

Para la adquisición de permiso/s en la plataforma:

El USUARIO deberá seleccionar el área en la que desea adquirir el/los permiso/s.

EL USUARIO puede acceder a este proceso identificándose con los datos registrados como invitado, sin tener que registrarse.

Para la adquisición de permisos en el área seleccionada, el USUARIO comprobará si existe disponibilidad para vehículos y personas para el día solicitado y los 5 días posteriores, no pudiéndose adquirir permisos con mayor antelación.

El USUARIO únicamente podrá realizar reservas en el día seleccionado y los 5 días posteriores; puesto que, el número de permisos por día es limitado.

El USUARIO será el responsable de escoger la localidad, el área y fecha para la recolección de setas.

El USUARIO debe seleccionar "adquirir permisos" en el día elegido, indicando el número de personas e identificadas con nombre y NIF; y en su caso, el número de vehículos y las respectivas matrículas.

Para obtener los permisos, el USUSARIO deberá proporcionar su correo electrónico, necesario para recibir el/los permiso/s; y opcionalmente, un número de teléfono por si fuera preciso contactar con él.

Sistema de pago: El USUARIO puede hacer el abono a través de tarjetas de crédito/débito.

Una vez realizado el pago, el USUARIO mediante la opción “Descargar permisos” los recibirá en el correo electrónico indicado. Si el USUARIO accede al área de recolección con vehículo, debe imprimir el archivo recibido para dejar en el mismo una copia con el código QR visible.

Si el permiso es para visitar la Sierra Cebollera, el USUARIO debe tener en cuenta que, no se emiten en temporada activa de recolección de setas (meses de octubre y noviembre).

La adquisición de permisos representa la ACEPTACIÓN, por parte del USUARIO, de las siguientes Términos, Condiciones y Política de Privacidad www.aytolumbreras.org

PRECIO Y MEDIOS DE PAGO

La obtención de permisos tiene carácter oneroso, disponiendo el USUARIO de toda la información relativa al precio de cada permiso en todo momento en la web. El servicio de información ofrecido a través de la web es de carácter gratuito.

Los precios se muestran en EUROS, con impuestos incluidos. El pago deberá realizarse mediante tarjeta de crédito/débito MAESTRO, VISA Y MASTERCARD a través de las pasarelas de pago Redsys. En esta modalidad de pago AYUNTAMIENTO DE LUMBRERAS DE CAMEROS no recoge ni gestiona ningún dato del USUARIO relativo a su número de tarjeta. Todos los datos son tratados directamente por la entidad financiera correspondiente, ofreciéndole de este modo la mayor seguridad y confidencialidad en la transacción.

USO DE LOS PERMISOS ADQUIRIDOS

El/los permiso/s adquirido/s deben ser custodiado/s desde el día del evento y hasta la finalización del mismo. El USUARIO asume toda responsabilidad en caso de duplicidad, fotocopia o falsificación de los mismos, perdiendo todos los derechos que éstos le otorgan para poder acceder al área de recolección.

El intento y/o la reventa ilegal de un permiso constituye causa suficiente para la incautación o cancelación de dichos permisos sin derecho a rembolso ni cualquier otro tipo de compensación.

Constituirá un delito de estafa electrónica, previsto en el artículo 248 del Código Penal y castigado con penas de hasta seis años de prisión, la utilización de este sistema de pago electrónico para adquirir permisos, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias, entre otras:

• Facilitar datos falsos del USUARIO o del número de tarjeta utilizada como medio de pago.

• Utilizar los datos de personas diferentes al USUARIO sin autorización válida en derecho.

• Facilitar números de tarjeta que no coincidan con el del USUARIO.

• Usurpar la condición de titular de tarjetas ajenas.

• Utilizar números de tarjeta generados con programas informáticos o algoritmos similares.

AYUNTAMIENTO DE LUMBRERAS DE CAMEROS no se hace responsable de ninguna pérdida o robo de permisos.

La adquisición de permisos tiene únicamente la finalidad de recolección de setas en El Abasco, La Nava, La Pinilla, La Vieja, Peña Yerre (acceso para personas y vehículos) y la finalidad de visitar la Sierra Cebollera en El Abasco y Peña Yerte (acceso con vehículo a las pistas) quedando excluido cualquier otro uso o finalidad.

DERECHOS OTORGADOS POR EL PERMISO PARA LA RECOLECCIÓN DE SETAS

Todo permiso se expide en virtud del aprovechamiento forestal de titularidad municipal nº Ref 1037/2015, conforme establece el Decreto 114/2003, de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la ley 2/95, de 10 de febrero, de Protección y Desarrollo del Patrimonio Forestal de la Rioja, y el Decreto 1/2015, de 9 de enero, por el que se regula la recolección micológica en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Durante la recolección se atenderá en todo momento a lo establecido en el mencionado Decreto 1/2015.

Todas las condiciones podrán ser suspendidas y/o modificadas por los Servicios Territoriales de Medio Ambiente de La Rioja o el AYUNTAMIENOT DE LUMBRERAS en su nombre. Por motivos ecológicos los permisos se podrán ver limitados temporalmente, pudiendo afectar a la recolección en ciertas áreas o la recolección de determinas especies.

El permiso es válido únicamente para la fecha indicado en la autorización.

La autorización permite realizar la recolección de un máximo de 6 kg de setas la zona seleccionada.

El precio del permiso lo fija el AYUNTAMIENTO DE LUMBRERAS DE CAMEROS y aparece actualizado en la plataforma para cada momento.

El permiso deberá portarse durante la recolección junto al NIF, dejando visible en el vehículo la copia emitida a tal efecto.

LIMITACIONES DE LOS PERMISOS

El permiso es personalísimo, no pudiendo ser utilizado por persona o vehículo distinto al que figura en el mismo.

El permiso para la recolección de setas da derecho a recoger de un máximo de 6 kg de en la zona y fecha seleccionadas. En caso de incumplimiento, la autoridad competente realizará la denuncia pertinente incautando la demasía.

El permiso para visitar la Sierra Cebollera da derecho exclusivamente a transitar caminando y/o con vehículo en el área y fecha seleccionadas. En caso de incumplimiento, la autoridad competente realizará la denuncia pertinente.

El permiso no autoriza a encender fuego fuera de las zonas habilitadas, ni a dejar basura de cualquier tipo en el monte.

Durante la época de caza de paloma migratoria no se podrá recolectar setas a una distancia inferior a 100 metros de la línea de puestos.

No se podrá recolectar setas en los polígonos donde se celebren batidas de caza mayor.

La circulación de vehículo se limita únicamente a las pistas indicadas en cada permiso.

Cualquier obra u otro aprovechamiento forestal tendrá prioridad sobre el de recogida de setas.

El permiso no autoriza a realizar compraventa de setas en los montes y caminos forestales. En su caso, el AYUNTAMIENTO DE LUMBRERAS DE CAMEROS designarían espacios o locales autorizados para ejercer esta actividad.

INFORMACIÓN Y CONSULTAS - ATENCIÓN AL USUARIO

Para cualquier duda o incidencia en relación con el proceso de adquisición de permisos puede ponerse en contacto con nosotros: [email protected]

Asimismo, puede contactar con nosotros en el teléfono: 941468001.

PLATAFORMA DE RESOLUCIÓN DE LITIGIOS EN LÍNEA

Cualquier reclamación que el USUARIO considere oportuna será atendida en la menor brevedad posible, pudiéndose realizar a través del sistema de resolución de litigios en línea (Online Dispute Resolution). Conforme al Art. 14.1 del Reglamento (UE) 524/2013, la Comisión Europea facilita una plataforma de acceso gratuito para la resolución de conflictos online entre el USUARIO y el AYUNTAMIENTO DE LUMBRERAS DE CAMEROS, sin necesidad de recurrir a los tribunales de justicia, mediante la intervención de un tercero, llamado Organismo de resolución de litigios, que actúa de intermediario entre ambos. Este organismo es neutral y dialogará con ambas partes para lograr un acuerdo, pudiendo finalmente sugerir y/o imponer una solución al conflicto. Enlace a la plataforma ODR: http://ec.europa.eu/consumers/odr/

FUERZA MAYOR

El AYUNTAMIENTO DE LUMBRERAS DE CAMEROS no será responsable del incumplimiento de las obligaciones derivadas de las presentes condiciones generales; y por tanto, no existirá derecho a indemnización a favor del USUARIO, cuando dicho incumplimiento se deba a causas de Fuerza Mayor como son las condiciones climatológicas adversas.

LEGISLACIÓN Y FUERO APLICABLE

Las partes se someten a la legislación española para la resolución de los conflictos que pudieran suscitarse y con renuncia a cualquier otro fuero, a los juzgados y tribunales del domicilio del ADQUIRENTE si es consumidor o usuario, si es consumidor o usuario, en otro caso se somete a los juzgados y tribunales de Logroño, de acuerdo a la normativa vigente.


.